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Tarjeta Residente OLA

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Fecha última Actualización: 02/10/2026
Objeto
Expandir/Contraer
  • A los residentes de las vías que se encuentran incluidas en las denominadas vías azules, se les proporcionará, el distintivo acreditativo correspondiente, que les dará derecho a estacionar debidamente en cualquier vía azul de su zona de residencia, salvo en las clasificadas como “zona de alta rotación”.

Servicio Municipal
Expandir/Contraer
  • Coordinación General
Documentación a aportar
Expandir/Contraer
    • En caso de Personas Físicas
      • Certificado de empadronamiento ACTUAL
      • Permiso de circulación del vehículo (dicho permiso tiene que coincidir en titular y dirección con el Padrón)
      • Último recibo del Impuesto de Circulación del vehículo 
      • Último recibo del Seguro obligatorio del vehículo
      • Tarjeta de inspección técnica del vehículo (ITV)
    • En caso de Personas Físicas Temporales
      • Certificado del Organismo competente (Matrícula del curso que se está realizando o contrato de trabajo)
      • DNI , carnet de conducir, permiso de residencia o pasaporte
      • Permiso de circulación del vehículo 
      • Último recibo del Impuesto de Circulación del vehículo 
      • Último recibo del Seguro Obligatorio del vehículo
      • Tarjeta de inspección técnica del vehículo (ITV)
      • Acreditación de la residencia de hecho dentro de la zona, mediante informe de la Policía Local
    • En caso de Personas Físicas con vehículos de renting, leasing o análogo, o el titular del mismo sea una empresa
      • Certificado de empadronamiento ACTUAL
      • Certificado de empresa , contrato de utilización o similar
      • Certificado de la Dirección Provincial de Tráfico que no es titular de ningún vehículo
      • Permiso de circulación del vehículo 
      • Último recibo del Impuesto de Circulación del vehículo 
      • Último recibo del Seguro Obligatorio del vehículo
      • Tarjeta de inspección técnica del vehículo ITV
    • En caso de Actividades Comerciales o Industriales
      • Permiso de circulación del vehículo con domicilio en la calle de la actividad
      • Último recibo del Impuesto de Circulación del vehículo 
      • Último recibo del Seguro obligatorio del vehículo
      • Tarjeta de inspección técnica del vehículo (ITV)
      • Acreditación de que el local de negocio abierto al público en el que se ejerce la actividad, se halla dentro de alguna de las zonas de OLA, mediante aportación de copia de licencia de apertura o último recibo de IAE, u otro en el que se acredite su ubicación
Quién puede realizar la solicitud
Expandir/Contraer
  • Las personas residentes en la zona azul, entendiéndose por residente:

    A) Las personas físicas empadronadas en viviendas cuyo portal de acceso se encuentre en una calle incluida dentro del perímetro de la zona correspondiente.

    B) Las personas físicas que acrediten documentalmente las tres circunstancias siguientes:
    1) La necesidad de residir temporalmente en Santander mediante certificado de organismo competente.
    2) La residencia de hecho, dentro de la zona.
    3) Su identidad, mediante exhibición del D.N.I. o documento equivalente.

    C) Los titulares de actividades comerciales o industriales con local abierto al público en zona regulada por esta Ordenanza, única y exclusivamente respecto de los vehículos industriales o comerciales con MMA no superior a 3.500 Kgs., o a 1.800 kgs. en el caso de que se trate, además, de una vía RED de alta densidad de circulación en los términos establecidos en la Ordenanza Municipal de Circulación, siempre que lo justifiquen documentalmente.

Cálculo/liquidación
Expandir/Contraer
  • Según Ordenanza Fiscal Tasa por el Estacionamiento Limitado de Vehículos de Tracción Mecánica en las Vías Públicas Municipales.

Renovación de la tarjeta de residente
Expandir/Contraer
  • Se le recuerda que a partir de Enero de 2018 comienza el plazo de Renovación de su tarjeta de Residente 2018, previa presentación de la DOCUMENTACIÓN ORIGINAL que entregó cuando solicitó la Tarjeta de Residente, a excepción del Padrón Municipal y de la pegatina de residente del año anterior.

Observaciones y otros datos de interés
Expandir/Contraer
    • Los distintivos de residente se otorgarán para cada año o semestre natural y autorizarán, cumpliendo la normativa general, con carácter único y exclusivo a estacionar el vehículo en la zona de influencia especificada en cada distintivo, con las excepciones recogidas en el artículo 6 de la Ordenanza Municipal Limitadora de Aparcamiento, previo pago del precio anual o semestral que se determine en la ordenanza fiscal correspondiente.
       
    • Como norma general solamente se concederá un distintivo por titular del derecho a la misma.
      Se podrán conceder otros distintivos cuando se acredite la existencia de otros vehículos del mismo titular, utilizados por otros conductores que tengan la condición de ascendientes o descendientes en primer grado de consanguinidad o afinidad (Padres, Hijos, Suegros, Yernos/Nueras), o cónyuge o pareja de hecho, siempre que estén en posesión del permiso de conducir y estén empadronados en el mismo domicilio del propietario de los vehículos, previa justificación documental de dichos requisitos.
       
    • Certificado de empadronamiento del familiar ascendiente o descendiente.
    • Carné de condunir del familiar ascendiente o descendiente.


    Los distintivos de residente, se otorgarán para cada año o semestre natural previo pago de la siguiente tarifa según Ordenanza Fiscal:

    • Anual (Año Natural): 27,85 Euros
    • Semestral (Semestre Natural): 16,50 Euros

    Pago en la Oficina a través de tarjeta bancaria o previo ingreso en cualquier sucursal de:

    • CAIXA (ES41 2100 2626 34 0210073342)
      Haciendo constar la matrícula del vehículo en el concepto
Ordenanza Municipal Limitadora de Aparcamiento
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O.F. Tasa Estacionamiento Limitado en la Vía Pública
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  • Texto Íntegro

    Tasa Ocupación Vía Pública Estacionamiento Limitado

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Unidad Administrativa

Coordinación General

Carta de Servicios


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